La Ley de Prevención de Riesgos Laborales cumple 31 años sin reformarse: mañana cambia, y estas son las novedades que afectan a casi todos
El Consejo de Ministros aprueba mañana el anteproyecto de reforma. La ley de 1995 no contemplaba la salud mental, el teletrabajo ni los algoritmos. Los cambios principales: riesgos psicosociales obligatorios, desconexión digital y nueva protección de menores. Y lo que no cambia.
Tres conceptos para entender la reforma
Qué son los riesgos psicosociales y por qué no estaban en la ley de 1995
Los riesgos psicosociales son los factores laborales que pueden dañar la salud mental de los trabajadores: carga de trabajo excesiva, falta de control sobre las tareas, ambigüedad de rol, acoso, jornadas imprevisibles o trabajo emocional intenso. En 1995, la Organización Mundial del Trabajo ya los identificaba, pero la ley española los omitió centrándose en los riesgos físicos (caídas, ruido, exposición química). Desde entonces, el burnout, la ansiedad y la depresión laboral se han convertido en la primera causa de baja por incapacidad temporal en España, superando a los trastornos musculoesqueléticos. La reforma los hace evaluables y prevenibles obligatoriamente.
Qué es un anteproyecto de ley y qué falta para que entre en vigor
El anteproyecto es el primer borrador oficial del Gobierno. Aprobarlo en Consejo de Ministros no convierte la norma en ley: queda sometido a consulta pública, informe del Consejo de Estado, informe del Consejo Económico y Social, trámite en el Congreso con posibles enmiendas y votación final. El proceso completo suele durar entre 12 y 24 meses. Es decir, la reforma que se aprueba mañana difícilmente estará en vigor antes de 2027 o 2028. El anteproyecto establece el marco de lo que el Gobierno quiere; la negociación parlamentaria determinará lo que finalmente queda.
Qué diferencia hay entre un accidente laboral y una enfermedad profesional
El accidente laboral ocurre de forma súbita en el trabajo o en el trayecto: una caída, un golpe, un corte. La enfermedad profesional se desarrolla progresivamente por exposición continuada a un agente nocivo: el amianto, el ruido industrial, el estrés crónico. Las enfermedades profesionales tienen menor visibilidad estadística porque su reconocimiento formal requiere demostrar la relación causal con el trabajo, lo cual es más difícil que constatar un accidente. España tiene uno de los índices más bajos de Europa en enfermedades profesionales reconocidas —no porque haya menos, sino porque el sistema de reconocimiento es restrictivo. La reforma busca ampliar el catálogo y facilitar el reconocimiento de enfermedades psicosociales.
Los hechos, el contexto y quién tiene incentivo en qué
Los hechos
El martes 28 de abril, coincidiendo con el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, el Consejo de Ministros aprobará el anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995). Es la primera reforma estructural de la norma en sus 31 años de vigencia. Los cambios principales incluyen: la evaluación obligatoria de riesgos psicosociales en todas las empresas; la incorporación de la desconexión digital como derecho preventivo; la prohibición de que menores de 18 años trabajen en entornos con animales peligrosos, en ritmos marcados por máquinas de productividad o en contextos con contenido pornográfico o violento; la gestión preventiva adaptada por edad (trabajadores mayores de 55 años con evaluación específica); la reforzada protección de trabajadoras embarazadas y en lactancia; y la incorporación expresa del derecho a la integridad física y moral como derecho laboral básico en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores. El anteproyecto fue acordado con CCOO y UGT. La CEOE (patronal) ha expresado reservas sobre el coste de implantación para las pymes.
El contexto
España registró en 2025 un total de 652.000 accidentes laborales con baja, de los cuales 744 fueron mortales —la cifra más alta desde 2008. La Comunidad de Madrid concentró el 30,8% de los accidentes graves. El coste económico de la siniestralidad laboral supera los 15.000 millones de euros anuales en España (bajas, pensiones de invalidez, costes sanitarios), según la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. La ley de 1995 fue, en su momento, una transposición de la Directiva europea 89/391/CE y un avance real respecto a la normativa franquista anterior. Pero en 31 años el mercado laboral cambió profundamente: el teletrabajo, el trabajo en plataformas digitales, los algoritmos de gestión del rendimiento, la economía gig y el auge de los servicios de atención al cliente generaron riesgos que la ley de 1995 ni mencionaba. El burnout fue reconocido por la OMS como enfermedad laboral en 2019, siete años antes de que España incorpore ese reconocimiento a su ley.
Las motivaciones posibles
No son intenciones confirmadas: son incentivos observables.
Yolanda Díaz (Ministerio de Trabajo) La reforma es su proyecto legislativo más ambicioso en materia laboral tras el SMI y la reforma de los ERTE. Aprobarlo en Consejo de Ministros justo antes de que el decreto de alquileres se vote en el Congreso (y pueda caer) le da una victoria propia independiente del resultado de mañana en el Parlamento. La coincidencia de fechas no es casual.
Los sindicatos (CCOO y UGT) Llevaban más de una década pidiendo la reforma. Su acuerdo previo con el Gobierno les garantiza que las líneas principales de la negociación colectiva en materia preventiva quedan blindadas en la ley. La evaluación de riesgos psicosociales obligatoria es especialmente importante para UGT, que ha documentado el aumento de bajas por salud mental en sectores de servicios.
La CEOE (patronal) No se opone frontalmente a la reforma —hacerlo sería políticamente insostenible en el año con más accidentes laborales mortales desde 2008— pero ha pedido períodos de adaptación más largos para las pymes y que las sanciones por incumplimiento no se amplíen. El mecanismo de reducción del 40% en multas si se paga sin recurrir (incluido en el anteproyecto) es una concesión a sus posiciones.
Las empresas de prevención de riesgos El sector de los servicios de prevención ajenos (empresas externas que hacen las evaluaciones) factura actualmente unos 800 M€ anuales en España. La obligatoriedad de evaluar riesgos psicosociales amplía su mercado potencial significativamente: muchas pymes que hoy externalizan solo la evaluación física necesitarán ahora también evaluación psicosocial.
Cómo se ha contado y qué queda por resolver
Cómo lo han contado otros medios
La mayor parte de la cobertura se ha centrado en las prohibiciones para menores (trabajo con pornografía, animales peligrosos) —que generan titular llamativo aunque afectan a un número pequeño de trabajadores. Lo más relevante para la mayoría de los empleados —la evaluación obligatoria de riesgos psicosociales— ha recibido menos atención. Los medios económicos han cubierto la reacción de la CEOE sobre el coste para las pymes sin explicar que el coste actual de no prevenir (bajas, rotación, litigios) ya supera con creces el coste de la prevención. La pregunta que ningún medio ha hecho de forma directa es: ¿cuántas empresas incumplirán la ley igual que incumplían la anterior, dado que la Inspección de Trabajo tiene menos de 1.800 inspectores para más de 3,5 millones de empresas?
Una ley de prevención que no se inspecciona es un manual de buenas intenciones. La reforma del texto es necesaria; la reforma de la capacidad inspectora, también.
Lo que queda abierto
- ¿Cuándo completará el anteproyecto su tramitación parlamentaria? Con la fragmentación parlamentaria actual, no es descartable que la reforma se dilate hasta 2028.
- ¿Cómo se evaluarán los riesgos psicosociales en la práctica? El anteproyecto establece la obligación pero no el método. La metodología quedará en desarrollo reglamentario posterior.
- ¿Se ampliará la plantilla de la Inspección de Trabajo? El anteproyecto no incluye dotación presupuestaria adicional para inspección. Sin inspectores, la norma queda en papel.
- ¿Incluirá la reforma final los riesgos de los trabajadores de plataformas digitales (riders, conductores, repartidores)? El borrador actual tiene lagunas en este punto que los sindicatos ya han señalado.
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Fuentes: borrador del anteproyecto de reforma de la Ley 31/1995 (Ministerio de Trabajo, publicado para consulta pública en marzo 2026), declaraciones de Yolanda Díaz (nota de prensa 26/04/2026), datos de siniestralidad laboral INSST 2025, datos de accidentes mortales Ministerio de Trabajo, cifras de coste económico de la siniestralidad EU-OSHA, reconocimiento burnout OMS (CIE-11, 2019). Las motivaciones expuestas son incentivos observables, no intenciones confirmadas. Errores: redaccion@horadedespertar.org